Views: 93
ENTRE OTRAS, ESTAS LAS NUEVAS FACULTADES:
* Emitir las constancias de situación fiscal respecto de las obligaciones fiscales en materia habitacional que sean de su competencia, a los Patrones que así se lo soliciten;
* Resolver cualquier recurso administrativo que interpongan los particulares, así como las solicitudes de prescripción y caducidad planteadas por los Patrones en los términos del Código;
* Participar con otras autoridades en el análisis y estudio de propuestas de reformas de aquellas disposiciones legales que tengan impacto en sus actividades en su carácter de organismo fiscal autónomo y como participante en los Sistemas de Ahorro para el Retiro;
* Emitir los avisos de retención de descuentos y de suspensión a la retención;
* Llevar a cabo la enajenación, remate o adjudicación de los bienes embargados y para aplicarlo a cubrir el crédito fiscal conforme al orden señalado en el Código;
* Entregar al adquirente los bienes rematados con el documento que ampare la titularidad de los mismos o en su caso, el monto pagado por la adquisición de los bienes rematados cuando éstos no le puedan ser entregados por existir impedimento jurídico debidamente fundado para ello;
* Emitir los documentos que amparen la enajenación de los bienes rematados;
* Declarar en favor del Instituto el abandono de los bienes embargados, cuando así proceda, conforme a las disposiciones legales aplicables;
Servicios jurídicos y comentarios:
legal@lasintesis.com
Ver la Publicación Oficial ……………