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Como resultado de una Contradicción de Tribunales en donde sostuvieron posturas contrarias en relación a si se deben pagar intereses o No en favor de los derechohabientes que, habiendo dejado de percibir alguna de las pensiones a que tenían derecho, por actualizarse un supuesto de reintegro de las sumas retenidas.

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La Suprema Corte de Justicia, Determinó que una vez que se reintegren a los pensionados las sumas retenidas ante la actualización de un supuesto de incompatibilidad de pensiones, NO se deben pagar intereses sobre dichas cantidades esto por no existir algún fundamento que lo determine.

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Esta resolución ya esta vigente, y es obligatoria en todo el territorio nacional..

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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