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La Suprema Corte de Justicia de la Nación DETERMINÓ que a una víctima de violación sexual NO se le debe imponer un tiempo ESPECÍFICO para practicarse un ABORTO y deberá ser atendida de manera eficiente e inmediata la solicitud de la interrupción legal del embarazo.

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Ya que el sólo hecho de condicionar la práctica de un aborto por violación a un tiempo DETERMINADO, impacta negativamente en el derecho fundamental a la salud de la mujer en su faceta mental y psicológica, debido a la naturaleza traumática de los actos de violencia sexual que generan en sus víctimas.

Aunado a que la norma pierde de vista que este tipo de agresiones constituye una intromisión en los aspectos más personales e íntimos de la vida privada de las personas, pues se pierde de forma completa el control sobre sus decisiones más personales e íntimas y sobre las funciones corporales básicas.

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Por lo que Negar el aborto por violación sexual constituye una grave afectación a los Derechos Humanos.

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Esta resolución se considera de Aplicación OBLIGATORIA a partir de esta semana en todo el país.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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