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La Suprema Corte de Justicia, DETERMINÓ que los Agentes Aduanales pueden ser Sancionados CUANDO introduzcan o extraigan del país mercancías sin el permiso de las autoridades competentes o sin la firma electrónica en el pedimento que demuestre el descargo total o parcial del permiso. (Art. 176 fracc. II)

Las multas a las que se harán acreedores serán:

Del 70 al 100% del valor comercial de las mercancías. (Art. 178 fracc. IV)

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Esto será así, es porque el agente aduanal no es un simple promotor del despacho aduanero, sino que su intervención es muy importante, ya que tiene a su cargo desde indicar la correcta clasificación arancelaria de la mercancía que se pretende sujetar a los regímenes aduaneros aplicables, hasta el llenado y transmisión del pedimento o formulario respectivo y sus anexos.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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