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Suprema Corte de Justicia RESOLVIÓ que, para que las sentencias y resoluciones extranjeras tengan eficacia y sean reconocidas en México, SOLO BASTA corroborar que su cumplimiento NO resulte contrario al orden público. Además, no se debe exigir que tenga una coincidencia exacta con las leyes de nuestro país.

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Lo anterior dice la SCJN se sustenta en principios de cooperación procesal internacional como la solidaridad, la cortesía y la reciprocidad entre las naciones y su homologación no implica analizar el contenido de la decisión judicial dictada en el país extranjero como si se tratara de una instancia distinta o examinar los elementos característicos del procedimiento en aquel país al grado de desnaturalizarlos

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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