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Deberán ponerse en TODOS los paquetes de productos del TABACO y en todo empaquetado y etiquetado externo.

Los cambios aplcarán a partir del 1 de marzo de 2023

  • Los primeros 4 duraran hasta el 31 de agosto de 2023

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  • Los siguientes 4 aplicarán a partir del 1 de septiembre de 2023 y hasta el 29 de febrero de 2024.

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  • Los siguientes 4 aplicarán a partir del 1 de marzo de 2023 y hasta el 31 de agosto de 2024

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Este etiquetado externo es de aplicación OBLIGATORIA para las cajetillas de cigarros, que se fabriquen o produzcan en territorio nacional, o bien que se importen a nuestro país.

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Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses, escríbenos o llámanos al Tel 55581-11311.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede del Diario Oficial

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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