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Mediante decreto quedan PROHIBIDOS los vuelos de carga en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), debido “dicen las autoridades” a que el tráfico aéreo ha aumentado considerablemente, y es necesario adoptar las acciones y estrategias para lograr la fluidez, calidad, oportunidad y seguridad en la transportación masiva de pasajeros, en los vuelos nacionales e internacionales.

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Cabe destacar que a pesar de esta restricción, se establece que el transporte de carga aérea PODRÁ seguir operando siempre y cuando este se lleve en las mismas aeronaves de pasajeros.

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Con la entrada en vigor de este decreto el AICM DEBERÁ modificar los horarios de despegue y aterrizaje en las dos terminales, basándose en lo establecido por el manual “Bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación”. 

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Por último, se determina que las empresas que estén dedicadas exclusivamente a los vuelos de carga, tendrán un total de 108 días hábiles para reubicar sus operaciones en otros aeropuertos de la zona

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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