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Con las reformas hechas a la Ley de Propiedad en Condominio, a partir de esta semana, en los Condominios quedan Prohibidas las Conductas de DISCRIMINACIÓN en contra de:

  • Condóminos,
  • Poseedores,
  • Habitantes,
  • Visitantes,
  • Personas trabajadoras,
  • Proveedores o de cualquier otra persona.

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Las personas que realicen Actos discriminatorios deberán pagar una multa de $1,037.40 hasta $10,374.00 (10 a 100 UMAS), además se deberá dar aviso al Consejo para Prevenir la Discriminación, de las conductas discriminatorias de las que se tenga conocimiento, para que se valoren los hechos y determine lo que se debe hacer al respecto.

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La Ley de propiedad en condominio permite regular los derechos, deberes y obligaciones para la convivencia dentro de un conjunto habitacional. 

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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