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Con la reforma al artículo 38 de la Constitución Política a partir de hoy 30 de mayo, les serán SUSPENDIDOS sus DERECHOS a las PERSONAS que pretendan ocupar un cargo, empleo o comisión en el servicio público cuando tengan Sentencia firme por los siguientes delitos:

  • Contra
    • La vida e integridad corporalLa libertad y seguridad sexual
    • El desarrollo psicosexual
  • Violencia Familiar, equiparada o doméstica
  • Violación a la intimidad sexual y
  • Violencia Política contra las mujeres en razón de género.

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Así mismo, señala que la persona declarada Deudor Alimentario MOROSO, NO podrá ser registrada como candidata para contender un a cualquier cargo de elección popular ni podrá ser nombrada para cualquier cargo público.

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Con lo anterior “dicen” las autoridades se busca que ninguna persona que violente a las mujeres TENGA alguna responsabilidad política.

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En los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor, el Congreso de la Unión y los Estados deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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