Views: 5
.
.
Se reforma al artículo 1467 del Código Civil para el DF (hoy CdMx), ya NO Concluirá el Legado de Educación cuando los Menores de Edad, Contraigan Matrimonio.
.
Dicha reforma “dicen los legisladores” es porque el hecho de contraer matrimonio NO es motivo suficiente para que una persona detenga su vida académica. Cabe mencionar que la educación es un derecho humano que debe ser promovido y garantizado.
.
Recordemos que el Legado Educativo, se estipula en un Testamento.
Esto implica que el fallecido quiere que el menor reciba una educación adecuada para tu crecimiento y desarrollo.
.
.
Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses, escríbenos o llámanos al Tel 55581-11311.
.