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Este ANTEDECENTE
Surge después de que, Tribunales Colegiados de Circuito sostuvieron criterios contradictorios sobre el otorgamiento de prótesis auditivas a trabajadores jubilados de Pemex con enfermedades auditivas de origen profesional.
Uno considera suficiente el reconocimiento de la enfermedad para entregar la prótesis, mientras que el otro exige acreditar la necesidad de su uso para el tratamiento.
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La Suprema Corte de Justicia a través del Pleno Regional de la Región Centro-Sur DETERMINÓ que, los jubilados de Pemex DEBEN probar la necesidad de una prótesis auditiva, además de tener el reconocimiento de la enfermedad profesional.
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La justificación de la SCJN es que, No siempre es necesario usar una prótesis auditiva tras el diagnóstico de una enfermedad auditiva.
La necesidad depende del grado de degeneración auditiva de cada paciente.
Por lo que, un especialista DEBE determinar si es necesaria, ya que puede ser inútil en casos de sordera total o innecesaria en casos leves. Además, otros tratamientos pueden ser más adecuados, por lo que, para exigir la entrega de la prótesis, se debe probar la necesidad de su uso con evidencia adecuada.
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Esta RESOLUCIÓN es de aplicación OBLIGATORIA en todo el país a partir de esta semana.
Jurisprudencia LABORAL
Registro digital: 2030453
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