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Es prioridad del Gobierno Federal apoyar la reactivación de la planta productiva de los municipios de los Estados de Oaxaca y Chiapas, por lo que se les otorgaran diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento.
Serán eximidos de la obligación de efectuar pagos provisionales del impuesto sobre la renta durante los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017, así como por el tercer y cuarto trimestres y el segundo y tercer cuatrimestres de 2017

• Diferir la obligación de presentar las declaraciones bimestrales correspondientes a 2017
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• Permitir el entero en parcialidades del impuesto sobre la renta retenido por salarios correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017
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• Permitir el pago en parcialidades del I.V.A y del impuesto especial sobre producción y servicios
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• Permitir que los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas presenten mensualmente las declaraciones del I.V.A correspondientes al segundo semestre de 2017
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• Autorizar la deducción inmediata y hasta por el 100 por ciento del monto original de la inversión correspondiente a las inversiones en bienes nuevos de activo fijo y devolver el I.V.A de aquellas solicitudes que se presenten a más tardar el 15 de septiembre de 2017
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• Tratándose de las obligaciones a cargo de los patrones y demás sujetos obligados, previstas en la Ley del Seguro Social, se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de agosto a diciembre de 2017, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de enero de 2018.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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