{"id":888,"date":"2012-09-10T01:13:31","date_gmt":"2012-09-10T07:13:31","guid":{"rendered":"http:\/\/www.lasintesis.com\/?p=888"},"modified":"2012-09-18T06:56:19","modified_gmt":"2012-09-18T12:56:19","slug":"la-sintesis-de-la-reforma-laboral-propuesta-por-fch","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.salgadonoticias.com\/?p=888","title":{"rendered":"La S\u00edntesis de la Reforma Laboral propuesta por FCH &#8230;&#8230;&#8230;&#8230;"},"content":{"rendered":"<p>Views: 8<\/p><p><a href=\"http:\/\/www.lasintesis.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/sintesis12.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.lasintesis.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/sintesis12-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"sintesis12\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignleft size-thumbnail wp-image-891\" \/><\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.lasintesis.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/Ref-Laboral-51.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/www.lasintesis.com\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/Ref-Laboral-51-150x150.jpg\" alt=\"\" title=\"Ref Laboral 5\" width=\"150\" height=\"150\" class=\"alignright size-thumbnail wp-image-892\" \/><\/a><\/p>\n<p>Adem\u00e1s contamos con un comparativo entre la ley actual y la propuesta, solicitarlo con sus datos a legal@lasintesis.com <\/p>\n<p>Propuesta que habr\u00e1 de analizarse a trav\u00e9s de la Primera reforma Preferente de este a\u00f1o.<\/p>\n<p>1. Se Incorporar la noci\u00f3n de trabajo decente.<br \/>\n.<br \/>\n2. Se validan los Contratos a prueba, los contratos de capacitaci\u00f3n inicial y para el trabajo de temporada; ser\u00e1n por escrito e improrrogables (180 d\u00edas).<br \/>\n.<br \/>\n3. Se crea la \u201csubcontrataci\u00f3n\u201d de personal (outsourcing), con el prop\u00f3sito de evitar la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n del cumplimiento de obligaciones a cargo del patr\u00f3n (patrones e intermediarios ser\u00e1n  \u201cresponsables solidarios\u201d.<br \/>\n.<br \/>\n4. Ser\u00e1 Delito el trabajo de menores de 14 a\u00f1os fuera del c\u00edrculo familiar.<br \/>\n.<br \/>\n5. Mayor protecci\u00f3n a los mexicanos que van a laborar en el extranjero, bajo tres modalidades.<br \/>\n.<br \/>\n6. Se Replantea el mecanismo que debe dar el patr\u00f3n a los trabajadores para comunicar los avisos de rescisi\u00f3n de la relaci\u00f3n de trabajo, (como probar el trabajador se neg\u00f3 a recibir el aviso de despido).<br \/>\n.<br \/>\n7. Ser\u00e1 motivo de Rescisi\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral si el patr\u00f3n le exige al trabajador conductas que atenten su dignidad.<br \/>\n.<br \/>\n8. Se Fortalecen los derechos de la mujer trabajadora, a trav\u00e9s de medidas espec\u00edficas:<br \/>\n\u2022 Prohibir actos de hostigamiento o acoso sexual, castigar a quienes permitan o toleren tales conductas y considerarlas como causales de rescisi\u00f3n de la relaci\u00f3n de trabajo.<br \/>\n\u2022 Prohibir la pr\u00e1ctica de exigir certificados m\u00e9dicos de ingravidez para el ingreso, permanencia y ascenso en el empleo.<br \/>\n\u2022 Permitir que las mujeres puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal, as\u00ed como reducir en una hora la jornada de trabajo, durante los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con el reci\u00e9n nacido.<br \/>\nLicencias de paternidad a varones por 10 d\u00edas, con goce de sueldo.<br \/>\n.<br \/>\n9. Pago de salarios a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos.<br \/>\n.<br \/>\n10. M\u00e1ximo 12 meses de salarios vencidos despu\u00e9s solamente un inter\u00e9s.<br \/>\n.<br \/>\n11. Multihabilidad de los trabajadores (salarios acorde a estas)<br \/>\n.<br \/>\n12. Nueva obligaci\u00f3n patronal para afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (para recibir cr\u00e9ditos)<br \/>\n.<br \/>\n13. Mejores mecanismos ante situaciones de contingencias sanitarias<br \/>\n.<br \/>\n14. Exceptuar al patr\u00f3n de pagar el reparto adicional de utilidades, si obtuvo de la Junta de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje la suspensi\u00f3n correspondiente<br \/>\n.<br \/>\n15. A partir de 50 trabajadores, acceso y desarrollo para personas con discapacidad, obligaci\u00f3n exigible 36 meses despu\u00e9s de que entre en vigor la reforma.<br \/>\n.<br \/>\n16. Replantear la capacitaci\u00f3n y el adiestramiento para Vincular los salarios a la calificaci\u00f3n y competencias adquiridas.<br \/>\n.<br \/>\n17. Se privilegia la Productividad de trabajadores en lugar de la antig\u00fcedad y se establecen criterios de desempate.<br \/>\n.<br \/>\n18. Apartado Para trabajadores del campo,<br \/>\n\u2022 Un registro especial para trabajadores eventuales o de temporada.<br \/>\n\u2022 Obligaci\u00f3n patronal, de expedir constancias de labores y percepciones a los trabajadores eventuales, al final de la temporada.<br \/>\n\u2022 Pago proporcional de prestaciones devengadas al final de cada temporada.<br \/>\n\u2022 Dar agua potable a los trabajadores durante su jornada de trabajo.<br \/>\n\u2022 Transporte gratuito de las zonas habitacionales hasta los lugares de trabajo o pago de transporte.<br \/>\n\u2022 Int\u00e9rprete cuando los trabajadores no hablen espa\u00f1ol.<br \/>\n.<br \/>\n19. Para empleados dom\u00e9sticos, mayor precisi\u00f3n la duraci\u00f3n de su jornada laboral<br \/>\n.<br \/>\n20. Nuevo Cap\u00edtulo para regular los trabajos que se realicen en las MINAS. Prohibici\u00f3n expresa del trabajo en tiros verticales de carb\u00f3n, tambi\u00e9n llamados \u201cpozos\u201d<br \/>\nObligaciones para los patrones:<br \/>\n\u2022 Planos, estudios y an\u00e1lisis para actividades en condiciones de seguridad.<br \/>\n\u2022 Sistemas de ventilaci\u00f3n y fortificaci\u00f3n en todas las explotaciones subterr\u00e1neas, las que deber\u00e1n tener dos v\u00edas de salida, por lo menos, desde cualquier lugar de trabajo, comunicadas entre s\u00ed.<br \/>\n\u2022 Equipo de protecci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de su utilizaci\u00f3n y funcionamiento.<br \/>\n\u2022 Tener un Sistema para saber los nombres de todos los trabajadores  y su ubicaci\u00f3n.<br \/>\n\u2022\tNo menores de 18 a\u00f1os para realizar trabajos en las minas,<br \/>\n\u2022\tObligaci\u00f3n de los titulares de las concesiones de los lotes mineros de cerciorarse que en los centros de trabajo el patr\u00f3n cumpla con sus respectivas obligaciones y que en caso de incumplimiento de \u00e9stos, ser\u00e1n considerados como solidariamente responsables.<br \/>\nLos Trabajadores podr\u00e1n negarse a prestar sus servicios cuando no cuenten con la debida capacitaci\u00f3n o adiestramiento que les permita identificar los riesgos a los que est\u00e1n expuestos, as\u00ed como cuando el patr\u00f3n no les entregue el equipo de protecci\u00f3n personal (Convenio 176 de la OIT, sobre la seguridad y salud en las minas)<br \/>\nFacultad a la Inspecci\u00f3n del Trabajo para ordenar la suspensi\u00f3n de actividades y la restricci\u00f3n de acceso de los trabajadores a la mina, hasta en tanto se adopten las medidas de seguridad ante un riesgo inminente.<br \/>\nSanciones y penas de C\u00e1rcel a los patrones cuando mueran trabajadores por culpa u omisi\u00f3n de  implementar las medidas de seguridad.<br \/>\n.<br \/>\n21. Se Reconoce el teletrabajo o trabajo en domicilio aquel que se realiza a distancia, utilizando tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n.<br \/>\n.<br \/>\n22. Voto libre, directo y secreto en la elecci\u00f3n de la directiva sindical. OIT<br \/>\n.<br \/>\n23. Rendici\u00f3n de cuentas de las mesas directivas de los sindicatos, por lo menos los ingresos por cuotas sindicales y su destino; Sindicatos mayores a 150 afiliados dictaminados.<br \/>\nSus Estatutos deber\u00e1n contener, adem\u00e1s de la \u00e9poca para la presentaci\u00f3n de cuentas, las sanciones espec\u00edficas a sus directivos en caso de incumplimiento. Los trabajadores podr\u00e1n tramitar ante la Junta de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje la suspensi\u00f3n de pago de las cuotas sindicales<br \/>\n.<br \/>\n24. Facilidad a Sindicatos para el Cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades registradoras, mediante la utilizaci\u00f3n de herramientas electr\u00f3nicas.<br \/>\n.<br \/>\n25. Se considerar\u00e1 p\u00fablica la informaci\u00f3n relacionada con los registros de las organizaciones sindicales.<br \/>\nEn complemento, la obligaci\u00f3n patronal, de fijar visiblemente los reglamentos y NOM\u00b4s en materia de seguridad, salud y medio ambiente<br \/>\n.<br \/>\n26. Facultad a Autoridades Registrales para exigir que los solicitantes arreglen las omisiones en en los documentos que se deben acompa\u00f1ar en el procedimiento de registro sindical.<br \/>\n.<br \/>\n27. Se suprime la denominada \u201ccl\u00e1usula de exclusi\u00f3n por separaci\u00f3n\u201d, que actualmente la Ley permite establecer en los contratos colectivos de trabajo.<br \/>\n.<br \/>\n28. Se Niega el tr\u00e1mite a emplazamiento a huelga para la celebraci\u00f3n de contrato colectivo si ya existe otro en tr\u00e1mite cuyo objeto sea el mismo.<br \/>\n.<br \/>\n29. Se Incrementa la indemnizaci\u00f3n por muerte del trabajador, de 730 d\u00edas de salario m\u00ednimo actual hasta 5000 veces de salario m\u00ednimo<br \/>\n.<br \/>\n30. Clausura inmediata o restricci\u00f3n de acceso en las \u00e1reas de riesgo detectadas de los centros de trabajo en casos de peligro inminente.<br \/>\n.<br \/>\n31. Actualizaci\u00f3n de las tablas de enfermedades de trabajo y de valuaci\u00f3n de las incapacidades permanentes.<br \/>\n.<br \/>\n32. Ampliaci\u00f3n de competencia de las autoridades federales, mediante el concepto de \u201cconcesi\u00f3n federal\u201d,  que aplique a las empresas bajo permiso o autorizaci\u00f3n federal.<br \/>\n.<br \/>\n33. M\u00e1s facultades y objetivos del SNE para vincular la formaci\u00f3n profesional con aquellas \u00e1reas prioritarias para el desarrollo regional y nacional<br \/>\nCertificaci\u00f3n laboral, conforme al cual sea posible acreditar conocimientos, habilidades o destrezas, que requiere un individuo para la ejecuci\u00f3n de una actividad productiva, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridos.<br \/>\n.<br \/>\n34. Eliminar las Juntas Federales y Locales de Conciliaci\u00f3n, ya que en la actualidad funcionan como Juntas de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje.<br \/>\n.<br \/>\n35. Se Incorpora el principio de la Conciliaci\u00f3n en el proceso laboral,  Se crea la figura de los \u201cfuncionarios conciliadores\u201d, como parte del personal jur\u00eddico de las Juntas.<br \/>\n.<br \/>\n36. Contar con servidores p\u00fablicos mejor preparados para atender las tareas de impartici\u00f3n de justicia. Para ello se establece un servicio profesional de carrera especial para el ingreso<br \/>\n.<br \/>\n37. Profesionalizar al personal jur\u00eddico de las Juntas de Conciliaci\u00f3n y Arbitraje<br \/>\n.<br \/>\n38. Utilizaci\u00f3n de herramientas tecnol\u00f3gicas, para facilitar la impartici\u00f3n de justicia laboral,<br \/>\n.<br \/>\n39. Se Modifica la estructura de la primera audiencia en el procedimiento ordinario, para que s\u00f3lo sea de: conciliaci\u00f3n, demanda y excepciones y, una segunda audiencia, de ofrecimiento y admisi\u00f3n de pruebas para Evitar retardo en el procedimiento con diferimientos de la audiencia en m\u00e1s de una ocasi\u00f3n, con el pretexto de la celebraci\u00f3n de pl\u00e1ticas conciliatorias.<br \/>\n.<br \/>\n40. Se Establece un procedimiento sumario (expr\u00e9s) para tramitar los conflictos suscitados con motivo del otorgamiento de prestaciones de seguridad social, aportaciones de vivienda y prestaciones derivadas del sistema de ahorro para el retiro.<br \/>\n.<br \/>\n41. Se Incrementan los montos de las correcciones disciplinarias, medios de apremio y multas para sancionar la interposici\u00f3n notoriamente improcedente del recurso de revisi\u00f3n y de reclamaci\u00f3n contra los actos de ejecuci\u00f3n.<br \/>\n.<br \/>\n42. Facultad del patr\u00f3n o los terceros para solicitar se inicie arbitraje en cualquier momento, Cuando un conflicto de huelga se prolongue por m\u00e1s de 60 d\u00edas, trat\u00e1ndose de servicios p\u00fablicos, o m\u00e1s 120 d\u00edas en cualquier otro caso.<br \/>\n.<br \/>\n43. Se Establece una v\u00eda incidental para que los terceros de buena fe puedan ejercitar acciones de restituci\u00f3n de la posesi\u00f3n de bienes de su propiedad, en caso de huelgas estalladas.<br \/>\n.<br \/>\n44. Incorporar como causal de inexistencia de la huelga, que el sindicato no cumpla con los requisitos que contemplen sus propios estatutos para formular el emplazamiento.<br \/>\n.<br \/>\n45. Se Niega el tr\u00e1mite a los emplazamientos a huelga, cuando no se se\u00f1alen con precisi\u00f3n las violaciones a dicho contrato y la forma de repararlas.<br \/>\n.<br \/>\n46. Se Combaten los \u201ccontratos de protecci\u00f3n\u201d exigiendo a la organizaci\u00f3n sindical emplazante acredite que sus estatutos comprenden la rama industrial o la actividad de la empresa o establecimiento con el que pretende celebrar el contrato, as\u00ed como que cuenta con agremiados que laboran para el patr\u00f3n que se pretende emplazar.<br \/>\n.<br \/>\n47. Se Establecen nuevas reglas para la tramitaci\u00f3n de las demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo o administraci\u00f3n de contrato ley.<br \/>\n.<br \/>\n48. Se Precisa que s\u00f3lo la huelga estallada suspende la tramitaci\u00f3n de procedimientos colectivos de naturaleza econ\u00f3mica.<br \/>\n.<br \/>\n49. Se Prev\u00e9 el voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba del recuento de los trabajadores, en los conflictos de huelga y titularidad de contrato colectivo de trabajo (SCJN)<br \/>\n50. Sanciones a quienes infringen las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, que podr\u00edan llegar hasta 5000 veces de salario m\u00ednimo general por cada violaci\u00f3n cometida, tomando como base de c\u00e1lculo la cuota diaria de salario m\u00ednimo general vigente en el DF<br \/>\nCuando en un solo acto u omisi\u00f3n se afecten a varios trabajadores, se impondr\u00e1 sanci\u00f3n por cada uno de los trabajadores afectados y si con un solo acto u omisi\u00f3n se incurre en diversas infracciones, se aplicar\u00e1n las sanciones que correspondan a cada una de ellas, de manera independiente.<br \/>\n.<br \/>\n51. Arreglar deficiencias que presenta la actual de la Ley, por ejemplo: existen preceptos en vigor que utilizan reenv\u00edos a disposiciones que se encuentran derogadas.<\/p>\n<p>Da Click aqu\u00ed para Obtener la LETRA CHIQUITA con lo m\u00e1s relevante de esta propuesta &#8230;&#8230;<\/p>\n<p><a href='http:\/\/www.lasintesis.com\/?attachment_id=896' rel='attachment wp-att-896'>La Letra Chiquita en S\u00edntesis de la Reforma Laboral propuesta por FCH<\/a><\/p>\n<p>Comentarios a:<br \/>\nlegal@lasintesis.com <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Views: 8 Adem\u00e1s contamos con un comparativo entre la ley actual y la propuesta, solicitarlo con sus datos a legal@lasintesis.com Propuesta que habr\u00e1 de analizarse a trav\u00e9s de la Primera reforma Preferente de este a\u00f1o. 1. Se Incorporar la noci\u00f3n de trabajo decente. . 2. 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