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A partir de hoy NO se deberá hacer uso de la FUERZA contra manifestantes en la CdMx…

Estos son algunas de las acciones que el personal Policial deberá realizar cuando la o las personas participantes en la manifestación realicen acciones de resistencia activa y/o de alta peligrosidad:

Persuasión o disuasión verbal:

  • Invitación cordial y respetuosa del personal policial a las personas a disuadir para cooperar con la autoridad.  
  • Utilización de técnicas de negociación y mediación para la cooperación y la solución pacífica de conflictos
  • El uso de lenguaje corporal mediante señales
  • La no existencia de contacto físico entre el personal policial y las personas

Reducción física de movimientos:

  • La identificación previa de que existe un riesgo contra la seguridad de las personas manifestantes o ajenas a la manifestación o reunión, del personal policial y/o de la (s) persona (s) agresora (s).
  • La sujeción o inmovilización, mediante el uso de la fuerza física con moderación o con intensidad, únicamente para el control de la (s) persona (s) agresora (s)

Serán esposas o candados de mano los únicos instrumentos que podrán usar los policías en las manifestaciones cuando se presente resistencia de alta peligrosidad

Si alguna persona es detenida se le harán saber sus derechos tales como:

  • Usted se encuentra detenida (o) por el motivo siguiente;
  • Es considerada (o) inocente hasta que se le demuestre lo contrario;
  • Tiene derecho a declarar o guardar silencio;
  • En caso de decidir declarar, tiene derecho a no inculparse;
  • Tiene derecho a un defensor (a) de su elección. En caso de no contar con uno, el Estado se lo proporcionará de manera gratuita;
  • Tiene derecho a que se haga del conocimiento de algún familiar o persona que desee, el motivo de su detención y el lugar de custodia en el que se halle en cada momento;
  • Tiene derecho a ser puesta (o) sin demora, a disposición de la autoridad competente;
  • En caso de ser extranjera (o), tiene derecho a que el consulado de su país sea notificado de su detención; y
  • Tiene derecho a un (a) traductor (a) o intérprete.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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