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Cuando se comete el delito de LESIONES hay circunstancias que AGRAVAN las penas, en la actualidad ya estaban consideradas en el Estado de México 12 razones por que quien las comete debe enfrentar un castigo MAYOR, por ejemplo, cuando las Lesiones:

I. Se produzcan por disparo de arma de fuego,

II. Dejen al ofendido cicatriz notable y permanente en la cara o en uno o ambos pabellones auriculares,

III. Produzcan debilitamiento, disminución o perturbación de las funciones, órganos o miembros,

IV. Con motivo de ellas el ofendido quede incapacitado para desarrollar la profesión, arte u oficio que constituía su modo de vivir al momento de ser lesionado,

V. Produzcan enfermedad incurable, enajenación mental, pérdida definitiva de algún miembro o de cualquier función orgánica o causen una incapacidad permanente para trabajar,

VI. Sean calificadas,

VII. Cuando la víctima u ofendido sea ascendiente, descendiente, hermano, pupilo, tutor, cónyuge, concubina o concubinario, o mantenga una relación sentimental o afectiva con el inculpado,

VIII. Cuando las lesiones se infieran a menores, PERSONAS ADULTAS MAYORES, incapaces o pupilos por quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia, o por un integrante de su núcleo familiar,

IX.- Se produzcan contra una persona en ejercicio de la actividad periodística,

X. Se produzcan por discriminación, aversión o rechazo en contra de la víctima, condición social o económica, por su origen étnico, raza, religión, discapacidad, orientación sexual o identidad de género,

XI. Se produzcan dolosamente mediante el uso de ácidos, sustancias corrosivas, químicas o flamables,

XII. Sean cometidas en contra de personal del sector salud público o privado

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Con la modificación a la fracción VIII del artículo 238 del Código Penal para el Estado de México será castigado como DELITO GRAVE a quien LESIONE a los ADULTOS MAYORES.

Se les aplicarán de 10 a 15 años de prisión (sin derecho a fianza)

De 200 ($17,376.00) a 400 ($34,752.00) días multa, además la suspensión o privación de derechos.

Esta sanción es de APLICACIÓN para todo el Estado de México y entra en vigor el día de HOY

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria

La información de hoy procede del periódico oficial del Edo. de Méx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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