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A pesar que se DICE desde hace algunos años que NO habrá INCREMENTO de IMPUESTOS el detalle fino es lo interesante; ESTO LO MÁS RELEVANTE de la MISCELÁNEA FISCAL que entrará en vigor el Próximo Año

Tres Leyes se Actualizan:

Ley del ISR

  • CONTROL a DONATARIAS,
  • RETENCIÓN a Tasa UNICA para:
    • TRANSPORTE Terrestre y Pasajeros
    • Servicios de HOSPEDAJE
    • ENAJENACIÓN de bienes y
    • PRESTACIÓN de servicios

Ley del IVA

  • CONTROL a contribuyentes EXTRANJEROS sin domicilio en México
  • Se BLOQUEARÁN los accesos a Internet de sus servicios
  • Concesionarios que no bloqueen serán multados de ½ hasta 1’Md$ (por mes)

Código FISCAL

  • Se precisan los ALCANCES por la aplicación de la CLÁUSULA GENERAL ANTIABUSO
  • Sin efectos DE INMEDIATO el Certificado de Sello Digital (CSD):
    • Para personas que facturen operaciones SIMULADAS
    • Para quienes efectúan la TRANSMISIÓN de PÉRDIDAS FISCALES indebidas 
  • DEVOLUCIÓN de saldos a favor, sin aplicación cuando los contribuyentes se encuentren como NO LOCALIZADOS
  • SUSPENSIÓN o DISMINUCIÓN de obligaciones por la Autoridad para contribuyentes que NO hayan realizado actividad en los 3 últimos ejercicios
  • Además la Autoridad Fiscal enviará:
  •  Propuestas de pago o Declaraciones Prellenadas
    • Comunicados por informar sobre las INCONSISTENCIAS detectadas o comportamientos ATÍPICOS
    • Comunicados para promover el cumplimiento de las disposiciones fiscales

  • En Revisión del Dictamen y otras informaciones el Contador Público deberá COMPARECER ante el SAT para el desahogo de los DUDAS relacionadas con los papeles de trabajo 
  • Solo 20 días para que los contribuyentes SOLICITEN un acuerdo conclusivo 
  • Se precisa que el EMBARGO en Vía Administrativa solo procederá sobre:
    • Bienes MUEBLES Tangibles
    • Bienes INMUEBLES Tangibles
    • Sin considerar NEGOCIACIONES y predios RÚSTICOS.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede del Diario Oficial

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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