Mothers nurse their children during the "7th Mexican Breastfeeding Festival", to mark the World Breastfeeding Week, at the Bonatic Garden of the Chapultepec Park in Mexico City on August 4, 2018. The festival, promoted by UNICEF, aims to promote global support for breastfeeding. / AFP PHOTO / PEDRO PARDO

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Con las modificaciones al Artículo 9, de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación, en el cual se establecen y explican las 34 consideraciones del Estado mexicano en materia de discriminación, la autoridad adiciona la de Prohibir, limitar o restringir el acto de amamantar en espacios públicos a las enlistadas en dicha ley.

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Cabe señalar que el infringir lo señalado en esta Ley No amerita privación de la libertad, pero SERÁ el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) quien podrá aplicar sanciones administrativas y de reparación del daño, buscando promover el respetar los derechos humanos en este caso de las mujeres.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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