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Con modificaciones hechas a la Ley Gral. de los Derechos de niñas, niños y adolescentes, ahora se agrega el capítulo tercero (6 artículos) con lo que a partir de hoy se CREA el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual estará a cargo del Sistema Nacional DIF.

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Este padrón concentrará datos de los deudores alimentarios, impidiéndoles casarse, salir del país o aspirar a cargos públicos, MIENTRAS No paguen sus deudas, Así el DIF tendrá con un plazo de 300 días hábiles para implementarlo.

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Los datos mínimos que se especificarán en el REGISTRO, el cual será público, son:

  • Nombre(s) y apellidos
  • CURP
  • RFC con homoclave
  • El órgano jurisdiccional que ordenó la inscripción
  • Datos del expediente

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Esta reforma también contempla la creación de un certificado de NO Inscripción, documento que acreditará que la persona está libre de obligaciones alimentarias incumplidas, esto debido a que será un requisito en distintas instituciones de gobierno para poder realizar los siguientes trámites o procedimientos:

  • Obtener:
    • Licencias y permisos de conducir
    • Pasaporte o documento de identidad y viaje
  • Participar como:
    • Candidato a cargos concejiles y elección popular
    • Jueces, Magistrados tanto local o federal
  • Compra-Venta de inmuebles y la constitución o transmisión de derechos ante Notario Público
  • Solicitud de Matrimonio

Para obtener este Certificado el gobierno habilitará una página de internet que lo expedirá.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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