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Con la integración del artículo 147 Bis a la Constitución del EdoMex., es OBLIGACIÓN del Estado Garantizar a los Servidores Públicos de esta entidad, que gocen de VACACIONES periódicas debidamente pagadas, según lo marcado en la Ley.

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Con lo anterior los legisladores ELEVAN el derecho a vacaciones como un DERECHO HUMANO, y con ello se evita “dicen” que sea vulnerado con pretextos o artimañas, ya que vinculan a las autoridades a respetar, proteger y garantizar dicho beneficio.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta del EdoMex.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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