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Este ANTECEDENTE
Surge luego de que, una empresa presentó una demanda para el cobro de algunas facturas en la vía oral mercantil.
En su demanda, confesó que el crédito derivado de esas facturas también había dado lugar a un pagaré, cuyo pago fue demandado en un juicio ejecutivo mercantil distinto.
Debido a esta situación, el Juez de origen decidió desechar la demanda.
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La Suprema Corte de Justicia a través del Tribunal Colegiado de Circuito DETERMINÓ que NO procede demandar el pago de un crédito de la misma parte deudora de forma simultánea y a través de diversas vías, cuando dicho crédito está documentado en diversos documentos.
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La justificación de la SCJN es que, los derechos fundamentales de audiencia, acceso a la justicia y tutela judicial efectiva permiten a las personas acudir a los tribunales para que se reconozcan sus derechos.
Sin embargo, no es procedente demandar el pago de un crédito a la misma parte deudora en juicios simultáneos y por diversas vías, incluso si el crédito está documentado en distintos documentos.
Y esto evita que los acreedores presenten múltiples demandas por el mismo adeudo, lo cual no es compatible con el derecho de acceso a la justicia.
Por tanto, una vez elegida una vía para reclamar el pago, no se puede iniciar otro juicio por el mismo adeudo hasta que se dicte sentencia firme en el primero.
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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.
La información de hoy procede de la Suprema Corte de Justicia
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