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vigilancia
En días pasados fue publicada una nueva Ley para el Estado de México, la cual establece la regulación del uso de Tecnologías de la Información y Comunicación para la Seguridad Pública.

Esta ley consta de 42 artículos, es de observancia general (población y gobierno) y tiene como puntos centrales los siguientes:

I. Regular la ubicación, instalación y operación de equipos y sistemas tecnológicos a cargo de las instituciones de seguridad pública.

II. Contribuir al mantenimiento del orden, la tranquilidad y la estabilidad en la convivencia, así como prevenir situaciones de emergencia o desastre e incrementar la seguridad.

III. Regular el uso y resguardo de la información obtenida, a través de equipos y sistemas tecnológicos en las materias de seguridad pública y procuración de justicia.

IV. Regular las acciones de análisis de la información obtenida con equipos o sistemas tecnológicos en materia de seguridad pública, para generar inteligencia en la prevención de la delincuencia e infracciones administrativas.
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**Esta ley entrará en vigor a partir de 18 de noviembre del presente.
** El Centro de Contro, Comando, Cómputo y Comunicaciones, tendrá 90 días hábiles después de la entrada en vigor de dicha Ley, para integrar y ponder en funcionamiento y operación el Registro de Equipos y Sistemas Tecnológiocs para la Seguridad Pública.
**El Reglamento de esta Ley que se expide deberá emitirse en un término de 90 días naturales contrados a partir del inicio de vigencia de la presente ley.
**Los ayuntamiento de los municipios del Estado tendrán la obligacion de inscribir en el Registro, sus tecnologías en materia de Seguridad, ante la Secretaria, dentro de los 60 días naturales posteriores a la vigencia de esta Ley.

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Ver información completa página 34…….

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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