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Con las modificaciones a la Ley de Protección a los Animales, A partir de mañana toda persona que habite en la CD.MX. y sea Usuario de un PERRO de ASISTENCIA, tendrán la OBLIGACIÓN de REGISTRARLO, ante la Secretaria de Salud para ello necesita presentar la siguiente documentación:

I.- Nombre, fecha de nacimiento, sexo, domicilio particular y número telefónico de la persona que use el ejemplar.

II.- Nombre, edad, sexo, raza y clasificación del ejemplar

III.- Acreditación de la Institución o Centro Especializado nacional o extranjero que lo haya adistrado al ejemplar

IV.- Nombre, Cédula Profesional y número de teléfono para contacto inmediato del Médico Veterinario del ejemplar,

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Los Perros de Asistencia, NO son considerados animales de compañía y tienen acceso libre e irrestricto a los Espacios Púbicos, esto tambien incluye a los Perros que están en entrenamiento.

Dar CLICK para Ver Información OFICIAL, páginas 3 a la 7….

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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