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La 2da. Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó:

De acuerdo al derecho fundamental a la educación inclusiva, todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad pertenecen y deben integrarse al sistema educativo “general u ordinario”.
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Por ello la o las escuelas ordinarias NO deberán poner reglas, condiciones ni excepciones para admitir a un estudiante con discapacidad, ya que esta situación resultará discriminatoria, y por consecuencia inconstitucional.
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Lo anterior es una medida eficaz para erradicar las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida y construir una sociedad incluyente facilitando así que los niños y adolescentes se conviertan en miembros productivos de la sociedad.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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