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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece como Antecedente:

Que un Auto de Formal Prisión dictado por una autoridad local No es Valido, debido a que las autoridades locales, Administrativas o Judiciales NO PUEDEN Iniciar Procesos por el Delito de Delincuencia Organizada, ya que todo lo relacionado con este delito es competencia del FUERO FEDERAL.
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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