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La SCJN precisa que Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) tiene la facultad de determinar y resolver si una investigación se refiere a violaciones graves de derechos humanos o lesa humanidad y por ello deba hacerse pública y estar al alcance de quien la solicite, y por tanto NO puede ser reservada.

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Lo anterior se deriva después de que el INAI negó a la PGR hoy Fiscalía General de la República el acceso a las averiguaciones previas de los casos de la Masacre de Migrantes en San Fernando en Tamaulipas y la Matanza de 49 personas en Cadereyta, Nuevo León.

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Por tanto la SCJN solicita al INAI que revise los expediente de dichos casos y manifieste si existen o no violaciones graves a los derechos humanos, de tal forma que se pueda acceder a la posible apertura de las investigaciones y así dar cumplimiento a un mandato constitucional que establece que de existir este hecho, no puede reservarse la información.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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