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En los Contratos de Adhesión Bancaria; es decir todos aquellos contratos que los bancos usan de “Machote” por los servicios que prestan, A partir del PRÓXIMO LUNES para los demandados en un juicio ya no aplicara el que la demanda que realice el banco deba de ser en donde DICE el Contrato.

 

Normalmente en el propio contrato se tiene una cláusula en la que se dice que las partes renuncian al domicilio que les pudiera corresponder y que al ser contratos ya impresos se tenga un domicilio generalmente del centro de la Republica aunque los usuarios estén en otros estados, LO CUAL HACE QUE EL PÚBLICO USUARIO TENGA QUE TRASLADARSE a puntos muy distantes de su domicilio.

 

Sin embargo lo analizado también surge bajo el hecho de que las Instituciones Bancarias No ofrecen sus servicios únicamente dentro de una jurisdicción territorial específica, sino que lo hacen en todo el territorio nacional y por esas actividades obtienen ganancias lo que hace que sea INJUSTO para los usuarios.

 

Por lo que ahora el Publico Usuario NO necesariamente deberán trasladarse a los Tribunales señalados en dicho contrato aún cuando se haya firmado el pacto de sumisión.

 

Por tanto resulta lógico y razonable que al tener un juicio con alguna institución bancaria NO debe OBLIGARSE a los usuarios a tener que desplazarse e incurrir en gastos extraordinarios para hacer efectivo su derecho a la justicia.

 

Por lo que la SCJN determino en Jurisprudencia que esta cláusula NO APLICARA para aquellos usuarios que estén distantes del lugar establecido en su contrato.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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