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Con reformas hechas a la Ley de Instituciones de Crédito y Código Civil Federal a partir del lunes los menores de 15 años podrán ABRIR una cuenta bancaria en cualquier Institución Bancaria, sin la intervención y administración de sus Padres.

El Banco de México deberá realizar las disposiciones y características de carácter general con respecto al nivel de transaccionalidad, limitaciones, requisitos, términos y condiciones de las cuentas para los menores.

Los menores NO podrán contratar préstamos o créditos con cargo a sus fondos ahorrados.

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Fuente: Diario Oficial (27-mzo-2020)
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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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