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En el Estado de México: Queda prohibido a los Servidores Públicos pertenecientes al Poder Judicial del Estado HACER USO de Identificaciones o Placas Metálicas o de cualquier otro material, con signos o distintivos pertenecientes al Poder Judicial que NO hayan sido expedidas a su favor por el Consejo de la Judicatura.

Quien lo hiciere dará lugar a una causa de responsabilidad administrativa, además de que se podría configurar como un Delito con pena de 2 a 7 años de prisión por tratarse de la utilización de documentos falsos, de acuerdo con el código penal vigente. del Edo Mex.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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