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El sábado se dieron a conocer 47 actividades que se consideran esenciales, las cuales son las que pueden continuar laborando.

Ante el anuncio de que regresamos a semáforo ROJO y de estar en Alerta Máxima de Contagios en la CdMx, estas son OTRAS ACTIVIDADES que se deberán considerar como ESENCIALES.

  • Se REITERA el CIERRE de ACTIVIDADES, con excepción de las esenciales que entre las 47 que le listamos en días pasados están entre otras:
    • Actividades relacionadas con atención de la salud;
    • Manufacturas;
    • Construcción;
    • Telecomunicaciones;
    • Producción y venta de alimentos y abarrotes;
    • Venta de alimentos preparados (únicamente servicio para llevar o entrega a domicilio);
    • Producción y venta de medicamentos y material de curación;
    • Bancos;
    • Servicios de hospedaje;
    • Servicios públicos (seguridad, agua, obra pública, tributarios y los necesarios para la operación); y
    • Cadena de servicios y proveedurías para sectores esenciales.

  • Para los perímetros A y B del Centro Histórico se REITERA que debe Permanece CERRADO con todas sus actividades, INCLUIDAS las que No sean ESENCIALES ; ahora se especifica que en este primer cuadro No deben trabajar las ópticas, pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores, revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería, carpintería, herrería, estética, peluquería, salones de belleza, y venta y reparación de bicicletas.

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Ahora la AUTORIDAD precisa que TAMBIÉN son ESENCIALES:

Los PEQUEÑOS negocios de barrio de máximo 3 trabajadores INCLUIDOS los de revistas y periódicos, tlapalería, ferretería, papelería, carpintería, herrería, estética, peluquería, salones de belleza, y venta y reparación de bicicletas.

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  • Seguirá la suspensión de venta de bebidas alcohólicas manera ALTERNADA en las 16 Alcaldías los días viernes, sábados y domingos.

  • Se reiteran también las 10 medidas estrictas que se deberán cumplirse en el desempeño de Actividades esenciales también señaladas en publicación ANTERIOR
    • Uso obligatorio de cubrebocas en todo momento para el personal y asistentes
    • Colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas y toma de temperatura para el ingreso del personal, proveedores y clientes
    • Garantizar la sana distancia de 1.5 metros entre personas
    • Desinfectar constantemente las superficies y objetos con las que las personas tengan contacto.
    • Habilitar y definir sentidos de circulación para la entrada y salida
    • Colocar en la entrada y espacios de uso común, dispensadores de gel antibacterial con 70% de alcohol;
    • Privilegiar la ventilación natural. De no ser posible, el sistema de ventilación sólo podrá operar con inyección de un mínimo de 40% del exterior. La recirculación del aire al interior está prohibida. Se deberá realizar frecuentemente la desinfección y limpieza de filtros.
    • Los establecimientos mercantiles que cuenten con una plantilla presencial de 100 o más personas por cada centro de trabajo, deberán realizar a su costa y de manera quincenal, pruebas rápidas de antígeno, o bien, en RT-PCR de reacción en cadena de la polimerasa, para la detección del virus SARS-CoV-2,
    • Implementar el “Sistema para la identificación de Espacios Cerrados QR
    • Toma de temperatura de los empleados diariamente, en caso de que su temperatura sea mayor a 37.5° C, deberán autorizarles 15 días de resguardo domiciliario
  • Las personas habitantes, vecinas y transeúntes
    • Evitar salir de casa, salvo que sea estrictamente indispensable;
    •  En caso necesario de salir, uso obligatorio de cubrebocas;
    • Usar gel antibacterial y lavado de manos frecuente;
    • Mantener la distancia de 1.5 metros entre personas
    • EVITAR reuniones, fiestas, posadas y celebraciones con amigos y familiares;
    • Si hay presencia de algún síntoma compatible con los del COVID-19, aislarse y dar aviso inmediato a través de LOCATEL o de los siguientes medios:
  • Queda PROHIBIDO para celebrar todo tipo de verbenas, romerías, fiestas patronales, posadas o cualquier otro festejo similar en los pueblos, barrios, comunidades y colonias
  • En tianguis y mercados sobre ruedas, sólo podrán venderse productos de canasta básica y alimentos para llevar

En tianguis y mercados sobre ruedas, solo podrán venderseproductos de canasta básica, alimentos para llevar

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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