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Con las reformas hechas a diversas leyes, las empresas ya NO podrán subcontratar a trabajadores para ejecutar labores permanentes, y el outsourcing SOLO estará permitido para tareas especializadas o temporales, es decir, que no formen parte de su objeto social ni de las actividades permanentes de la empresa.

Para lo anterior las empresas deberán:

  • Formalizar mediante contrato escrito la subcontratación
  • Contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y para obtenerlo deberán acreditar estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social, cuentan con 90 días naturales para obtenerlo.
  • El registro se deberá renovar cada 3 años.
  • Pagar utilidades
  • Proporcionar Seguridad Social (IMSS e INFONAVIT)
  • Además de las siguientes multas si incurren en:
Por:UMASPesos
No permitir inspecciones250
a
5,000
$22,405.00
a
$448,100.00
No contar con registro y realice subcontrataciones2,000
a 5,000
$179,240.00
a $448,100.00

Se reconocerán las obligaciones fiscales de las empresas y quedará prohibido que el Gobierno federal subcontrate personal, más que para servicios especializados y siempre que el contratista esté registrado.

Con lo anterior buscan la prohibición de la subcontratación de personal y quienes intervengan en el proceso de contratación bajo la modalidad de agencias de empleo o intermediarias, que no tendrán la calidad de patrones y sólo podrán participar en los procesos de reclutamiento.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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