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Este ANTEDECENTE

Surge después de que, un grupo de personas integrantes de la comunidad LGBTIQ+ RECLAMÓ al titular del Ejecutivo y a la Legislatura del Edo. de México la omisión de incluirles expresamente en ALGUNA partida del presupuesto de egresos del Gobierno del Estado en mención para el ejercicio fiscal de 2023. Ya que, esta partida DEBERÍA estar destinada a promover, respetar, proteger, garantizar y restituir sus derechos fundamentales.

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La Suprema Corte de Justicia a través del Tribunal Colegiado de Circuito DETERMINÓ que, EXCLUIR a grupos vulnerables del presupuesto, basándose en estigmas o discriminación, VULNERA el Derecho a la Igualdad según el artículo 1º constitucional.

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La justificación de la SCJN es que, la vigencia anual de una norma presupuestaria NO extingue sus efectos discriminatorios.

Si una disposición transmite un mensaje estigmatizante o discriminatorio, sus consecuencias persisten, PERPETUANDO la marginación.

La falta de reconocimiento en el presupuesto de egresos a la comunidad LGBTIQ+ reproduce la discriminación estructural, afectando la dignidad humana y los derechos de igualdad y no discriminación del artículo 1º constitucional.

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Esta RESOLUCIÓN está disponible para quien la CONOZCA y la HAGA VALER en todo el país a partir de esta semana.

Tesis COMÚN

Registro digital: 2030631

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

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La información de este día proviene de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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