Views: 31

.

México como Estado contratante de la Convención por la que se Suprime el Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, ha venido adoptando los principios de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, en los diversos documentos nacionales a fin de que surtan efectos jurídicos en los países signatarios.
.

Y debido a que en nuestro país aquéllos trámites que no son susceptibles de apostillarse por estar dirigidos a países que no forman parte de la Convención, son legalizados, requiriendo para tales efectos, cumplir con reglas generales iguales a las establecidas para los documentos que deben apostillarse, por ello el presente Acuerdo será aplicable asimismo tratándose de la legalización de firmas de los Funcionarios que los Suscriben, o bien adherida la apostilla por parte de las autoridades mexicanas es por ello que se da este Acuerdo, el cual entra en vigor a partir de hoy 15 de octubre y deja sin efecto al del 9 de octubre de 1980.

.

Ver reglas completas…..

.
Síguenos en twitter: @salgadolegal

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo