Views: 8

.

Este ANTEDECENTE

Surge después de que, un condominio demandó en vía ejecutiva civil a una persona condómina por cuotas vencidas e intereses.

La persona alegó que NO había título ejecutivo ni se presentaron recibos de pago.

Aunque fue condenada en primera instancia, promovió amparo directo por la falta de documentación.

.

La Suprema Corte de Justicia a través Tribunal Colegiado, DETERMINÓ que, para la Acción Ejecutiva Civil por Cuotas Condominales NO es necesario presentar los Recibos de pago.

.

La justificación de la SCJN es que, La Ley de Propiedad en Condominio de la CdMx. OBLIGA a los condóminos a pagar cuotas de mantenimiento, y PERMITE su cobro por la vía ejecutiva civil en caso de morosidad, esto conforme al art. 443 del Código de Procedimientos Civiles y al art. 59 de la misma ley. Aún cuando la Ley Condominal exige presentar los recibos de pago, el Código procesal NO lo requiere.

Esta contradicción normativa se resuelve priorizando el derecho de acceso a la justicia: BASTA con el estado de cuenta y los documentos vecinales que acrediten la deuda.

Exigir los recibos implicaría imponer requisitos formales innecesarios, contrarios al objetivo del legislador de facilitar el cobro de estas cuotas.

.

Estas RESOLUCIÓN esta disponible para quien la CONOZCA y la HAGA VALER en todo el país a partir de esta semana.

Tesis CIVIL

Registro digital:  2031361

.

Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses, escríbenos o llámanos al Tel 55581-11311.

.

Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

.

La información de este día proviene de la Suprema Corte de Justicia.

.

AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Content is protected !!