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La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los estados tiene la facultad de establecer impuestos locales en la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

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Lo anterior es porque la Segunda Sala del máximo tribunal refiere que los artículos 10-C y 10-D de la Ley de Coordinación Fiscal no transgreden las facultades de la Federación para legislar en materia tributaria

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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