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A partir de HOY queda PROHIBIDO que los padres, familiares, Maestros, Tutores entre otros, empleen el castigo CORPORAL o HUMILLANTE como una forma de corrección contra, niños niñas y adolescentes.

Castigo Corporal o físico: es aquel donde se utiliza la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo, o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar aunque sea leve.

Castigo Humillante: Es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatízate, ridiculizador, de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo PROVOCAR dolor, amenaza, molestia o humillación.

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Quien ejerza alguno de estos castigos en cualquiera de sus formas estará cometiendo un Delito, haciéndose acreedor a las penas correspondientes.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta de la CdMx.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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