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Por decreto del 3 de mayo se modifican los Artículos 180, 290 y 295, para establecer que es Delito Grave el Robo a mano armada en transporte público de pasajeros y se utilice en su ejecución violencia, además se impondrán de siete a diez años de prisión y multa de uno a tres veces lo robado.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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