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Se reforma con la intensión de que la autoridad respete en todo momento los derechos humanos de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados, debiendo ser canalizados para su protección al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF); y dar aviso al cónsul de su país.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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