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Con las modificaciones hechas a la Ley General de Salud, a partir de HOY, es delito GRAVE quien o quienes permitan y adulteren, falsifiquen, contaminen dispositivos médicos, así como quien fabrique sus envases sin las autorizaciones sanitarias se les impondrán las siguientes penas y multas:

  • De 3 a 15 años de cárcel
  • Multa de $5 millones 187 mil hasta $10 millones 374 mil pesos

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Además, quien venda, ofrezca comercialice, distribuya, transporte e interne al país, cualquier dispositivo médico y material para empacarlos, las penas y multas serán de:

  •  De 1 a 9 años de cárcel
  • Multa de $2 millones 074 mil hasta $5 millones 187 mil pesos

Con esta reforma AHORA solo son considerados insumos para la salud los siguientes:

  • Medicamentos,
  • Substancias psicotrópicas,
  • Estupefacientes y las materias primas y aditivos que intervengan para su elaboración;
  • así como los dispositivos médicos.

Y se dejan fuera de este concepto las prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, material quirúrgico, de curación y productos higiénicos.

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Secretaría de Salud tiene 180 días para emitir las disposiciones reglamentarias para la aplicación de este Decreto.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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