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Con la reforma al artículo 40 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del EdoMex, a partir de esta semana, las personas que pretendan ser Consejeros Ciudadanos DEBERÁN cubrir estos requisitos:

  • Ser Mexicano con pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos
  • Tener residencia efectiva en el Edo. Mex, no menor a tres años anteriores al día de su designación;
  • Acreditar su labor en la promoción, defensa, estudio o difusión de los derechos humanos en el estado y,
  • No tener sentencia por delitos contra:
    • El pleno desarrollo y la dignidad de la persona, contra el libre desarrollo de la personalidad y la identidad sexual,
    • Incumplimiento de obligaciones Alimentarias,
    • Violencia familiar, así como
    • Contra la libertad, seguridad y tranquilidad de las personas.

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Antes de la reforma, sólo se requería gozar de reconocido prestigio y experiencia en derechos humanos.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la Gaceta del EdoMex.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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