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Su objetivo es regular la prestación del servicio y el funcionamiento de sistemas de control de estacionamiento de vehículos en la vía pública, para la rehabilitación y el mejoramiento del espacio público.

Algunas de las sanciones para quienes incumplan con lo establecido en el reglamento de estacionamiento

1. Cuando el usuario del servicio de estacionamiento en la zona de parquímetros, impida, dificulte o se niegue a que se ejerzan las facultades de revisión, de elaboración de boletas de infracción o de retiro del vehículo, o insulte al personal autorizado, será puesto a disposición del Juez Cívico o del Ministerio Público según corresponda.

2. Quién cause algún daño total o parcial a los parquímetros o a la señalización de los mismos, o haga un mal uso de ellos, será puesto a disposición del Ministerio Público.

Cabe mencionar que en la Zona de Parquímetros queda prohibido:

I.- Colocar señalamientos o cualquier objeto para reserva de espacios de estacionamiento o para cualquier otra actividad distinta al destino de dicha zona;
II.- Requerir un pago a cambio de remover el objeto que impida la normal utilización del espacio de estacionamiento o para utilizar los espacios destinados al estacionamiento en vía pública para un fin distinto, de conformidad a los supuestos del presente Reglamento; y
III.- Ejercer el comercio y/o la prestación de servicios.

Este reglamento sustituye al publicado el 11 de octubre de 2011, y entra en vigor a partir de mañana 3 de agosto del 2017.
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Dar click para ver información completa páginas de la 5 a la 15..

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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