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Las personas tienen derecho a demandar una indemnización por “error judicial”, con fundamento en el artículo 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), esto lo determinó la Suprema Corte de Justicia el pasado lunes 22.

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Pero dejó en claro que esta Indemnización sólo se podrá solicitar siempre que la sentencia tenga el carácter de “FIRME”.

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Fuente: Suprema Corte (22-junio-2020)

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Si nos Quedamos en Casa en unas semanas salvaremos Vidas …!

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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