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La Suprema Corte de Justicia mediante tesis les RECUERDA a los Juzgados de Distrito y Tribunales de circuito que ESTÁN OBLIGADOS a Reconocer como Validas las Fiel o E.Firma de Personas Morales dejando claro que las empresa pueden promover juicios de amparo mediante el uso de su propia FIEL, siempre que ésta se encuentre certificada por el SAT y esté vigente.

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Lo anterior es debido a que el Consejo de la Judicatura Federal AUTORIZÓ a los órganos jurisdiccionales a reconocer como válidas las firmas electrónicas emitidas por el SAT para trámites jurisdiccionales.

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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