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Las Diligencias de Requerimiento de Pago, Embargo o Emplazamiento que sean EJECUTADAS por SOLO un Oficial Administrativo o Judicial NO tendrá valor Jurídico por lo tanto esto es Ilegal .

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Este tipo de diligencias sólo podrán ser ejecutadas por los funcionarios a quienes mediante la fe pública del estado les son otorgadas facultades legales. (Actuarios)

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Con lo que se crea esta NUEVA Jurisprudencia Civil, de Aplicación Obligatoria en todo el país para quien lo solicite a partir de esta semana .

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Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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