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La Suprema Corte (SCJN) DETERMINA que en Juicios de terminación de contratos de comodato NO deben ser analizados a la luz del Interés Superior de la Infancia, alegando se se estaría violando el derecho de alimentos a menores de edad dentro del cual se comprende la habitación, ya que este es distinto del derecho de uso que los padres, como parte en el proceso, defienden en el juicio arriba señalado.

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Esta resolución es de aplicación inmediata y obligatoria en todo el país….

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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