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Con la reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación a partir de hoy 14 de mayo, se elimina el requisito de contar con un Título Profesional, para poder ocupar la presidencia del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

Los demás requisitos que marca el artículo 26 para ocupar la presidencia del consejo, siguen vigentes, estos son:

  • Haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, sociales, de servicio público o académicas, relacionadas con la materia.
  • No haberse desempeñado como secretario/a de Estado, procurador/a General de la República o Fiscal General de la República, gobernador/a, jefe/a del gobierno, senador/a, diputado/a federal o local, o dirigente de un partido o asociación política durante los dos años previos al día de su nombramiento.

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tener un hijo no evita darle pensión.

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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