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Con la incorporación del Capítulo XI (8 artículos) a la Ley del Seguro Social, el cual es dedicado a las personas empleadas del hogar, se especifican y determinas los siguientes criterios:

Tres diferentes modalidades laborales:

  • Entrada por Salida
  • Planta
  • Trabaje en diferentes domicilios

La obligación de inscribir a la trabajadora al IMSS, por tanto la persona empleadora deberá:

  • Hacer el trámite de afiliación
  • Aportar su cuota patronal, retiene la cuota de la trabajadora con base en el cálculo que indique la página del instituto y abona ambos montos
  • Será el IMSS quien calculará la propuesta de cédula de determinación de las cuotas obrero-patronales a pagar y dichos pagos podrán hacerse Anticipadamente
  • Las personas empleadoras decidirán si pagan las cuotas mensual o bimestralmente

La importancia de esta reforma es que, al contar con seguridad social, las trabajadoras pueden acudir a consultas médicas en las clínicas del IMSS y recibir medicamento gratuito ellas y sus familiares directos, pero no es sólo eso. Tienen los cinco seguros que prevé la LSS, uno de ellos es el seguro de enfermedad y maternidad, por lo que pueden ser internadas o dar a luz en sus hospitales.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex.,

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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