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Para TODOS aquellos que lleven, sean parte o les corresponda realizar un procedimiento en la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a partir de hoy 1 de marzo se REANUDAN de manera escalonada los términos y plazos y situaciones especiales, conforme a las siguientes acciones:

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PRIMERA. Tratándose de trámites pendientes que hayan sido ingresados antes de la entrada en vigor del presente acuerdo serán atendidos conforme a la prelación la cual será publicada por materia en la página oficial de la CRE.

El orden de prelación estará a lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

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SEGUNDA Tratándose de trámites que ingresen con posterioridad a la entrada en vigor del presente acuerdo, serán atendidos conforme al número de folio de trámite que será asignado a través de la liga https://ope.cre.gob.mx/, y solo podrá recibirse una solicitud al mes por persona física o persona moral. Los folios estarán disponibles para los interesados, cinco días hábiles previos al mes correspondiente, salvo marzo de 2023, que por única ocasión estarán disponibles dentro de sus primeros cinco días hábiles.

Los folios serán asignados conforme a lo siguiente:

**50 al mes en materia de hidrocarburos;

**15 al mes en materia de electricidad;

**120 al mes de pre_Registros.

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Da click aquí para ver comunicado oficial

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5680987&fecha=28/02/2023#gsc.tab=0

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede del Diario Oficial

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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