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Con la reformó a la Ley del Seguro Social, con lo que a partir de esta semana, las trabajadoras TENDRÁN las siguientes opciones con respecto a su incapacidad por maternidad:

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  • Solicitar el pago de su incapacidad en una sola exhibición por 84 días, mediante un certificado único de incapacidad.

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  • Podrán, PREVIO ACUERDO con el patrón, y autorización escrita del médico, TRANSFERIR hasta cuatro semanas del periodo prenatal al posnatal.
    • Para este beneficio se debe llenar la solicitud de transferencia semanas.

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  • Atender la evolución de su embarazo con un médico particular, por lo que será necesario que los documentos expedidos por éste deben contener:
    • Nombre y número de cédula profesional,
    • Fecha y
    • Estado médico de la trabajadora.

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La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Méx., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo tanto es de aplicación Obligatoria.

La información de hoy procede del Diario Oficial

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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