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LOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN MODIFICADOS SON: 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 Y 105

por EJEMPLO:

Artículo 6o.

La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado

Artículo 7o.

Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.

Artículo 73. El Congreso tendrá la facultad:

Para dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, incluida la banda ancha e Internet, postas y correos …..

Habrá Jueces especializados en materia de Telecomunicaciones …………. que el consejo de la Judicatura tendrá dos meses para implementarlos ……..

El congreso tendrá un máximo de 6 meses para expedir una nueva ley, que deberán incluir entre otros puntos:

* Los Delitos especiales que castiguen prácticas monopólicas y fenómenos de concentración

* Establecer los mecanismos para homologar el régimen de permisos y concesiones de radiodifusión

* Regular el derecho de réplica

* Establecer la prohibición de difundir publicidad engañosa o subrepticia

* Determinar los criterios conforme a los cuales el Instituto Federal de Telecomunicaciones otorgará las autorizaciones para el acceso a la multiprogramación

* Además deberá expedir un solo ordenamiento legal que regule de manera convergente, el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes de telecomunicaciones, así como la prestación de servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

* A partir de mañana, se permitirá la inversión extranjera directa:

* Hasta el 100% en telecomunicaciones y comunicación vía satélite

* Hasta un máximo del 49% en radiodifusión

* La transición digital terrestre culminará el 31 de diciembre de 2015

* Habrá escalonamiento en el cargo de los Comisionados de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones, los primeros Comisionados nombrados en cada uno de esos órganos concluirán su encargo el último día de febrero de los años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022

*

Ver Completas las modificaciones a la Constitución ………..

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Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

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