Visits: 10

.

.

El ANTECEDENTE surge:

Después de que los tribunales electorales tuvieron criterios diferentes respecto a cómo debe entenderse el requisito de tener un “modo honesto de vivir” para ocupar un cargo público.

Se señaló que este requisito es ambiguo, de difícil apreciación y altamente subjetivo.

.

Ante esto La Suprema Corte de Justica, DETERMINÓ que es INVÁLIDO exigir a las personas demostrar que viven honestamente para así poder ocupar un cargo público de cualquier índole.

De igual manera, tampoco los jueces o tribunales pueden solicitarlo y para que en base a su apreciación se le pueda negar su derecho a tener un cargo público o una postulación electoral.

.

La justificación de la SCJN es basada en la expresión “modo honesto de vivir” ya que esta es ambigua, porque puede entenderse de varios modos, admitir distintas interpretaciones y dar, por consiguiente, motivo a dudas, incertidumbre o confusión en cuanto a su contenido y alcance.

.

Al ser tan abierta, posibilita la incorporación de prejuicios o valoraciones personales como criterio para el acceso a un cargo público.

.

La valoración del citado requisito es subjetiva, ya que su significación dependerá de lo que cada persona opine, practique o quiera entender respecto a los componentes que distinguen a la ética personal.

.

Su aplicación puede generar discriminación, pues la evaluación del requisito queda subordinada al juicio valorativo y discrecional de quienes lo aplican, esto es, a lo que los aplicadores de la norma conciban como un sistema de vida honesto.

.

Además, un régimen constitucional democrático de Derecho debe rechazar la idea de un modelo único de moralidad que reduzca la idea de honestidad o decencia a una sola dimensión y, en cambio, acoger la diversidad de opiniones, creencias y proyectos de vida.

.

Por ello, tampoco es válido que se vincule a los jueces del país, federales o locales, a evaluar oficiosamente si una persona perdió o no su “modo honesto de vida” con motivo de una infracción.

.

Esta resolución es de aplicación OBLIGATORIA a partir de esta semana en todo el país.

.

Si estas en el Extranjero nosotros somos tu mejor alternativa para velar por tus intereses.

.

Cuando necesites ayuda, asistencia o planeación legal, solicita Cita Privada Aquí

La información que AQUÍ te presentamos deriva de los Periódicos Oficiales de la CdMx, Estado de Mex., Diario Oficial de la Federación, Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo tanto es de aplicación OBLIGATORIA

La información de hoy procede de la SCJN

AYÚDANOS para que más personas conozcan esta información, Compártelo en tus redes sociales. 😷

Por Fco Salgado @SalgadoLegal

Lic. en Finanzas, Lic. en Derecho, Mtro. y Doctor en Alta Dirección; Especialista en Soluciones Breves a Problemas Jurídicos y Auditorias de Operación para Organizaciones

error: Evita copiar el contenido, mejor compartelo